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Plagio e IA en la Universidad Europea: el artículo 4 y SMOWL

|9 min de lectura

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La respuesta corta

En la Universidad Europea la IA se usa solo con autorización expresa del profesor, se declara con detalle, y tú tienes que poder demostrar cómo hiciste el trabajo. Su reglamento de evaluación, aprobado en Consejo de Gobierno el 24 de julio de 2026, dedica un artículo entero al asunto —el art. 4— y es de los textos más concretos que hemos leído en una universidad española.

El artículo 4: la IA, en tres niveles

La regla de partida no admite lectura ambigua:

«El uso de herramientas de Inteligencia Artificial (IA) en actividades o pruebas evaluables requerirá la autorización expresa del profesorado responsable.» (art. 4.3)

Y a continuación el sistema que la hace operativa: tres niveles —«uso no permitido, permitido con limitaciones y permitido»— y la obligación de que «esta información deberá constar en la Guía de aprendizaje y/o en el campus virtual» (art. 4.4).

Es la parte que conviene comprobar asignatura por asignatura, porque el nivel puede cambiar entre dos materias del mismo semestre. Si la guía no dice nada, pregunta y guarda la respuesta: el reglamento parte de autorización expresa, no de silencio permisivo.

Cuando el uso está permitido, la declaración tiene contenido tasado:

«Declarar y referenciar adecuadamente su utilización […] deberá incluir, al menos, la herramienta utilizada, la finalidad de su uso y la contribución realizada por esta al resultado final.» (art. 4.7)

Nuestra guía de la declaración de uso de IA tiene ejemplos que encajan con ese contenido mínimo.

Y el incumplimiento, art. 4.10: usar la IA «como medio ilícito […] constituirá una infracción académica y conllevará la calificación de Suspenso (0) […] sin perjuicio de la aplicación de las medidas disciplinarias». Dos vías, otra vez: la nota y el expediente.

La obligación de conservar borradores

Esta es, para nosotros, la disposición más interesante de todo el reglamento, y la que más te conviene conocer antes de tener un problema:

«El estudiante deberá conservar y aportar evidencias del proceso de elaboración del trabajo, incluyendo borradores, versiones intermedias, registros de interacción con herramientas de IA.» (art. 4.9)

Léelo dos veces. Es una obligación, sí, pero sobre todo es una protección: la universidad está diciendo por escrito que el proceso de escritura cuenta como evidencia. Si algún día alguien sospecha de tu texto, un historial de versiones con fechas es lo más cerca de una prueba de autoría que existe —lo desarrollamos en qué hacer si te acusan de usar IA—.

En la práctica: escribe en un documento con historial activado, no reescribas encima del mismo archivo local, y guarda las conversaciones si has usado una herramienta autorizada.

El TFG y el TFM

La Normativa General para los TFG y TFM, aprobada en Consejo de Gobierno el 10 de marzo de 2026, añade tres cosas:

  • Una declaración firmada: «la entrega del TFG/TFM debe ir acompañada de una declaración explícita en la que el estudiante asume como propia la originalidad del trabajo».
  • Una potestad abierta de comprobación: «la Universidad podrá utilizar las herramientas o programas que considere oportunos para el reconocimiento de la autoría y originalidad de los contenidos y textos del TFG/TFM, y la detección de plagio». No se nombra ningún producto en ningún documento público, así que quien te diga cuál es está suponiendo.
  • Una consecuencia doble: el plagio «conllevará automáticamente la calificación de “suspenso” (0) […] tanto en convocatoria ordinaria como extraordinaria», y eso «sin perjuicio de las responsabilidades disciplinarias […] de conformidad con lo previsto en las Normas de Convivencia». Perder las dos convocatorias es la parte cara.

SMOWL y los exámenes monitorizados

La Universidad Europea es la única del grupo que nombra su sistema de supervisión en la propia normativa. Art. 3.9: «la Universidad aplicará sistemas de monitorización remota, con el programa SMOWL CM o aquel que se establezca para ese fin», exigiendo «el programa de monitorización instalado y con dos cámaras disponibles (una de ellas puede ser la del teléfono móvil)».

El incumplimiento «se considerará una infracción que conllevará la invalidación de la prueba por parte del profesor y la calificación de Suspenso con un (0) en Actas», y el art. 3.8.e avisa de que «sin la instalación de este software no se podrían realizar las pruebas».

Un detalle administrativo que arruina exámenes cada año: para las pruebas presenciales de titulaciones online, la normativa de curso exige un documento oficial —DNI, carné de conducir o pasaporte— y precisa que «el carnet de estudiante o cualquier otro documento no será válido».

El escalado hasta la expulsión

Las Normas de Convivencia, con efectos desde el curso 2025-2026, se apoyan en la Ley 3/2022 —cuya disposición final tercera permite a las universidades privadas establecer su propio régimen disciplinario— y no en el derogado decreto de 1954. Su art. 11.h tipifica como falta muy grave:

«Pretender o conseguir falsear o defraudar por cualquier medio los sistemas de comprobación de rendimiento académico… A título enunciativo y no limitativo se incluyen: el plagio, la utilización de Inteligencia Artificial (IA) no autorizada, copiar o utilizar apuntes… pinganillos, auriculares inalámbricos, relojes inteligentes.»

Lo distintivo es que el escalado está codificado, no queda al criterio de nadie:

  • Primera infracción: pérdida de ambas convocatorias, y constancia en el expediente.
  • Segunda: «suspensión de la condición de estudiante, a efectos académicos, durante 3 meses».
  • Tercera: «se impondrá como sanción la expulsión definitiva de la Universidad».

Y hay sanciones accesorias que duelen más de lo que parece:

  • «Pérdida parcial o total de becas o ayudas otorgadas en el curso académico de la infracción y en el siguiente.»
  • «Pérdida en prioridad de elección de plazas de prácticas.»
  • «Pérdida del derecho a realizar estancias internacionales.»

Una advertencia honesta sobre el dinero. La matrícula es un contrato firmado —la normativa de curso habla de «la firma digital del contrato de matrícula» y de las condiciones generales—, con desistimiento de 14 días naturales solo si se formalizó a distancia y con la reserva de plaza «no reembolsable en ningún caso». Pero no consta públicamente ninguna cláusula que vincule una sanción disciplinaria a la pérdida o al impago de la matrícula: la lista de sanciones no menciona importes, y las condiciones generales de matriculación no están publicadas en la web de normativa. Si te importa la respuesta, pídelas por escrito antes de firmar.

Qué hacer antes de entregar

  • Mira el nivel de IA de cada asignatura en su guía de aprendizaje. Son tres niveles distintos y cambian entre materias.
  • Declara herramienta, finalidad y contribución: es el contenido mínimo que exige el art. 4.7.
  • Trabaja con historial de versiones desde el primer día. El art. 4.9 lo convierte en obligación, y es tu única prueba de proceso.
  • Resuelve lo técnico antes del examen, no el mismo día: software instalado, dos cámaras, documento oficial de identidad.

Si quieres una lectura previa de tu texto, nuestro análisis de IA es gratuito hasta 1.500 palabras, sin cuenta y sin nombre. Nuestras tasas de error publicadas están medidas sobre corpus en inglés y alemán, no en español, y ningún detector —el nuestro incluido— produce una prueba.

Fuentes

Esta página es orientación, no asesoramiento jurídico. Lo vinculante es la normativa publicada por tu campus y tu guía de aprendizaje.

Preguntas frecuentes

¿Se puede usar IA en la Universidad Europea?

Solo con autorización. El art. 4.3 del reglamento de evaluación aprobado el 24 de julio de 2026 establece que el uso de herramientas de IA en actividades o pruebas evaluables «requerirá la autorización expresa del profesorado responsable». El nivel aplicable —no permitido, permitido con limitaciones o permitido— debe constar en la guía de aprendizaje o en el campus virtual.

¿Cómo se declara el uso de IA en un trabajo de la UEM?

El art. 4.7 fija el contenido mínimo: la herramienta utilizada, la finalidad de su uso y la contribución que ha hecho al resultado final. No basta con mencionar que se usó una IA; hay que decir para qué y cuánto aportó.

¿Tengo que guardar los borradores de mi trabajo?

Sí, y está escrito. El art. 4.9 obliga al estudiante a «conservar y aportar evidencias del proceso de elaboración del trabajo, incluyendo borradores, versiones intermedias, registros de interacción con herramientas de IA». Es de las pocas universidades españolas que convierte el historial de trabajo en una obligación expresa, y también en tu mejor defensa.

¿Qué programa usa la Universidad Europea para vigilar los exámenes?

SMOWL CM, nombrado en el propio reglamento de evaluación, «o aquel que se establezca para ese fin». Requiere el programa instalado y dos cámaras disponibles, una de las cuales puede ser la del móvil. Sin instalar ese software no se pueden realizar las pruebas, y el incumplimiento supone la invalidación de la prueba y un suspenso.

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