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Plagio e IA en la Francisco de Vitoria: sin módulo de IA no defiendes el TFG

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Las primeras 1.500 palabras son gratis, sin crear cuenta. Cada veredicto indica con qué frecuencia se equivoca con textos que sabemos que escribió una persona — una cifra que ningún otro detector publica.

Estamos construyendo un espacio de escritura: tu documento de Word o LaTeX, tus PDF al lado y un asistente que solo puede citar lo que hay realmente en ellos — verlo y avisarme.

La respuesta corta

En la Universidad Francisco de Vitoria no puedes defender el TFG si antes no has completado un módulo formativo de buen uso de la IA: es un requisito para que tu tutor autorice la defensa. Y cuando entregues, tendrás que declarar en qué partes usaste IA, con qué propósito y con qué modelo y versión en cada fase.

La segunda cosa que debes tener clara es económica: la expulsión disciplinaria en la UFV «conllevará la pérdida de los derechos de matrícula satisfechos». Está escrito en la propia normativa, con esas palabras.

El módulo de IA es un requisito, no un consejo

La Normativa sobre la elaboración y defensa del Trabajo Fin de Grado 25/26 fue aprobada el 27 de mayo de 2025 por el Comité de Dirección y se aplica desde el curso 2025/2026. Su artículo 4 contiene una condición que no tiene ninguna de las otras universidades españolas que hemos revisado:

«Será necesario que los alumnos completen satisfactoriamente un módulo formativo de buen uso de la IA con carácter previo a que el tutor autorice la presentación y defensa del TFG.»

Es una puerta, no una recomendación: sin módulo, no hay autorización del tutor, y sin autorización del tutor no hay defensa. Si estás en cuarto y aún no lo has hecho, ponlo en el calendario antes que el propio depósito, porque bloquea el trámite.

Merece la pena ver la lógica: la UFV no ha respondido a la IA comprando una herramienta de detección —no publica ninguna— sino exigiendo formación previa y reforzando la defensa oral. Es una respuesta de proceso, no de software.

Otro requisito del mismo bloque, más previsible pero conviene saberlo: «Se deberá verificar la identidad del alumno en el acto de defensa del TFG».

Declarar modelo y versión, fase por fase

El Anexo I de la normativa de TFG —titulado «Uso ético y responsable de herramientas y sistemas de inteligencia artificial en la elaboración del TFG»— es un anexo vinculante, no un folleto. Su exigencia de declaración es de las más detalladas que se publican en España:

«El alumno deberá indicar explícitamente en qué partes del trabajo ha utilizado IA; se incluirá un párrafo con el detalle de las fases del proceso afectadas en el uso de la IA y cómo ha impactado en el desarrollo del trabajo con una descripción justificativa del uso de ésta y detallando el modelo y versión empleados en cada una de las fases. Esta información deberá figurar tanto en el cuerpo del documento, cuando sea relevante, como en un apartado específico al final del trabajo.»

Léelo dos veces, porque tiene tres obligaciones metidas en una frase: qué partes, qué modelo y versión en cada fase, y en dos sitios —en el cuerpo del documento donde sea relevante y en un apartado al final—.

La consecuencia práctica es evidente en cuanto la ves: anota el modelo y la versión mientras trabajas. Reconstruir en junio qué versión usaste en marzo no funciona, y una declaración aproximada es peor que ninguna.

El Anexo I organiza además una matriz de fases —objetivos, conceptualización, fuentes de datos, estado del arte, marco teórico, diseño, experimentación, interpretación, conclusiones, impacto, gráficos e imágenes, material expositivo, redacción del documento— cruzada con principios: transparencia, sesgos, igualdad, protección de datos, responsabilidad y confiabilidad. Es la estructura que se espera que sigas al declarar.

Y el Anexo II es directamente una plantilla, el «Modelo de declaración del uso de sistemas de IA», que empieza así: «En la realización de este trabajo, se ha empleado inteligencia artificial de manera responsable en distintas fases del proceso. Para el análisis de la literatura, se utilizó (citar sistema y versión) como asistente en la identificación de artículos, garantizando siempre la verificación de fuentes». Después reparte la contribución por funciones —conceptualización, metodología, software, validación, análisis formal, investigación, recursos, curación de datos, redacción del borrador original, revisión y edición, visualización, supervisión, administración del proyecto—, una taxonomía tomada de las declaraciones de autoría de las revistas científicas.

Si nunca has escrito una declaración así, tenemos una guía de la declaración de uso de IA con ejemplos.

Un límite de alcance que conviene decir con precisión: esta arquitectura de anexos está en la normativa de TFG de Grado 25/26. La Normativa de TFM 24/25 mantiene la frase sobre originalidad pero no incorpora anexo de IA. En los documentos publicados, el régimen de IA es, a día de hoy, un instrumento de grado.

El tribunal pregunta, y esa es la comprobación

Sigue el Anexo I, y esta es la frase que sustituye en la UFV a cualquier detector:

«El uso de sistemas o servicios de IA no exime al alumno de la responsabilidad sobre la calidad, originalidad y rigor académico de su trabajo. El abuso o uso inadecuado de estas herramientas podrá ser considerado una infracción relativa a la integridad académica del mismo, con consecuencias en su evaluación y calificación. Un porcentaje de la calificación otorgada por el Tribunal vendrá determinado por la constatación de la adecuada solidez y nivel de conocimiento demostrado por el alumno sobre el tema elegido en su trabajo.»

Es decir: parte de tu nota depende de que demuestres, delante del tribunal, que dominas lo que has escrito. No hay software que valorar ni porcentaje que discutir; hay una conversación. Para quien ha escrito su trabajo, es buena noticia. Para quien lo ha generado, es el punto donde se nota.

Sobre la comprobación documental, la normativa de TFG dice —y es todo lo que dice— que «Todos los trabajos serán sometidos a una cuidadosa revisión para asegurar su originalidad. En caso de plagio se aplicará la normativa interna vigente, con la correspondiente sanción» (art. 6; la misma frase aparece en la normativa de TFM 24/25). No se nombra ninguna herramienta en ninguno de los documentos publicados.

La IA en la normativa de evaluación

La IA no vive solo en el TFG. La Normativa de Evaluación de Grado 25/26, artículo 15 «Autenticidad y honradez», la incluye para toda la titulación:

«Cuando un alumno disponga o se valga de medios ilegítimos en la celebración de una prueba de evaluación, incluyendo el uso no autorizado de sistemas de Inteligencia Artificial (de conformidad con las indicaciones de cada profesor al respecto), incurra en plagio, o se atribuya indebidamente la autoría de trabajos académicos requeridos para la evaluación, será puntuado con la calificación numérica de cero, anulándose cualquier derecho que las presentes normas le reconozcan pudiendo, asimismo, ser objeto de sanción previa apertura de expediente disciplinario.»

El paréntesis es lo importante: qué uso está «autorizado» lo decide cada profesor, no la universidad. No existe una lista central de usos permitidos. Pregunta en cada asignatura y guarda la respuesta por escrito; es la única forma de saber dónde está tu línea.

Un detalle de versiones que vale la pena conocer: el artículo equivalente de la Normativa de Evaluación de Máster Universitario 24/25 tiene la misma cláusula de autenticidad pero sin la frase de IA. La redacción sobre IA aparece en la edición 25/26 de grado, es decir, se añadió en el texto más nuevo.

Y fíjate en el «pudiendo, asimismo, ser objeto de sanción previa apertura de expediente disciplinario»: el cero y el expediente son dos consecuencias distintas que pueden acumularse.

Qué cuenta como plagio en la UFV

La Normativa de Convivencia de la UFV —versión 1 aprobada por el Comité de Dirección el 5 de julio de 2022, versión 2 el 1 de octubre de 2024, ambas fechas impresas en la portada— define el plagio en su artículo 5 f) iii) como falta grave, y lo hace en varios supuestos que sorprenden a mucha gente:

«iv. También se considerará plagio reproducir total o parcialmente un trabajo propio cuando ya haya sido entregado previamente. No se podrán “reutilizar” textos ya escritos y entregados en otros trabajos (con independencia de que sea en la misma o en distinta asignatura). v. Igualmente, se considerará plagio colaborar con otros alumnos, incluso en el caso de trabajos en grupo, y luego presentar el trabajo individualmente como propio. vi. Presentar un trabajo como propio que ha sido realizado por otra persona mediante encargo de modo gratuito u oneroso.»

Tres avisos concretos que salen de ahí:

  • El autoplagio cuenta. Reaprovechar tu propio marco teórico de una asignatura anterior es plagio según esta definición, y es uno de los errores más habituales de buena fe.
  • Trabajar con compañeros y luego entregar individualmente lo trabajado en común también entra. Si colaboráis, que la entrega refleje esa colaboración.
  • El encargo a terceros está cubierto explícitamente, gratuito u oneroso: da igual que hayas pagado o no.

Cero, menos dos puntos, y la beca

La UFV es privada, y aquí entra la parte legal que distingue su régimen. La Ley 3/2022 de convivencia universitaria, en vigor desde el 26 de febrero de 2022, derogó el Reglamento de Disciplina Académica de 1954 —si lees por ahí que ese decreto sigue rigiendo tu expediente, está desactualizado— y su disposición final tercera permite a las universidades privadas establecer su propio régimen disciplinario.

La UFV ejerció esa opción y lo dice en su texto. Su Normativa de Convivencia se funda expresamente en la ley —«pretende promover, sobre la base de los principios establecidos en la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria»—, se aprobó apenas cuatro meses después de ella y declara: «Esta Normativa de Convivencia está en vigor desde el curso académico 2022-2023». Por eso su escala no calca la de las universidades públicas.

La tarifa del plagio como falta grave, artículo 8.3:

«a) En el caso de plagio en un trabajo o tarea que deba ser objeto de evaluación, se calificará con suspenso (cero) el mencionado trabajo o tarea y se descontarán dos puntos de la nota final de la asignatura. b) Cabe señalar que, si aprobar el trabajo o tarea es requisito indispensable para poder hacer media con el examen, el plagio supondrá el suspenso de la asignatura. c) Si el trabajo o tarea es el único medio asignado por la guía docente para evaluar una asignatura, el plagio conllevará el suspenso (cero) en la evaluación de la convocatoria ordinaria y se descontarán dos puntos de la nota final de la asignatura en la siguiente convocatoria.»

Ese descuento de dos puntos es específico de la UFV y viaja a la convocatoria siguiente cuando el trabajo era la única evaluación. No es solo un cero puntual: penaliza también el intento de recuperación.

Y hay una consecuencia añadida que afecta al bolsillo (art. 8.4): «El suspenso derivado de conductas de plagio, fraude o el uso de medios fraudulentos para superar la evaluación, podrá implicar […] la restricción del acceso a becas, a la ayuda económica u otros beneficios o, incluso, su pérdida».

Además, el plagio está excluido de la sustitución por trabajos comunitarios que el artículo 13 permite en otras faltas graves: «Quedan excluidas de la posibilidad de sustitución todas las sanciones correspondientes a faltas graves por copia, plagio o suplantación de identidad». Y la sanción se archiva: «Se depositará copia del escrito de sanción correspondiente en el expediente académico del alumno» (arts. 8.6 y 9.3).

La expulsión y el dinero de la matrícula

En las universidades privadas, la pregunta que casi nadie contesta es qué ocurre con lo ya pagado. La UFV sí la contesta, y por eso esta sección existe. Artículo 9.1, faltas muy graves:

«1) Expulsión temporal por un plazo mínimo de veinte (20) días hábiles hasta un máximo de tres años de la Universidad, que conllevará la pérdida de los derechos de matrícula satisfechos conforme a lo establecido en la normativa académica y administrativa de la Universidad. Cuando la expulsión sea superior a un año académico, el alumno deberá someterse a un nuevo proceso de admisión para su reingreso, en su caso.»

Dos consecuencias, y ninguna es menor. La primera: el dinero de la matrícula ya abonado se pierde con la expulsión. La segunda: si la expulsión supera un año académico, volver exige pasar otra vez por admisión, con lo que eso implica de plazas y plazos.

Y el apartado 2 del mismo artículo eleva expresamente el plagio:

«Las faltas muy graves relativas a plagio y al uso de medios fraudulentos para superar las pruebas de evaluación, podrán tener como sanción, además de la establecida en el artículo 8.3 anterior […], la expulsión temporal por un plazo mínimo de veinte (20) días o definitiva del estudiante infractor, así como la de los posibles colaboradores externos si tuvieran la condición de alumnos de la Universidad.»

Fíjate en el final: los colaboradores también pueden ser sancionados si son alumnos de la UFV. Ayudar a alguien a hacer trampa no es un problema solo de quien entrega.

El procedimiento y el recurso

Lo esencial, según los artículos 16 y siguientes:

  • Faltas leves en clase: «podrá ser el profesor quien resuelva y sancione al alumno en el mismo acto», con copia al responsable de la normativa de convivencia para llevar el registro de reiteración.
  • Graves y muy graves: instruye el responsable de cumplimiento de la normativa de convivencia, nombrado por el decano o director de escuela.
  • Plazos cortos: audiencia en 3 días con el instructor y el profesor encargado del curso; propuesta de resolución en 3 días hábiles; tus alegaciones escritas, en 2 días hábiles. Resuelve el decano o director en 5 días hábiles, y el expediente completo tiene un tope de 2 meses.
  • Comisión de Convivencia: puede ser consultada de forma anonimizada —la integran el Defensor Universitario, el vicerrector de Formación Integral, el director de tu titulación y hasta dos expertos externos—, pero su «opinión […] será orientativa y no vinculante».
  • Recurso: «En el caso de sanciones leves no cabrá recurso». En graves y muy graves cabe recurso ante la Comisión de Recursos —Secretario General o delegado, más el Rector— en 3 días hábiles, con respuesta en 5; y «Contra la decisión de la Comisión no cabe ulterior recurso en la Universidad».

Sobre la prueba, la normativa enumera principios —«legalidad y tipicidad», «responsabilidad», «proporcionalidad», «eficacia, celeridad y economía procesal, con pleno respeto a los derechos y garantías de defensa»— pero no fija ningún estándar probatorio. Lo único al respecto es que el instructor debe fijar «de forma motivada los hechos probados».

Un detalle del Anexo I de esa normativa —un modelo de acta de incidencias para el fraude en examen— que conviene saber: si te niegas a firmar el acta, esa negativa se hace constar en el propio documento. Y hay un límite expreso a lo que pueden hacerte: «No se podrán retener ni manipular los medios tecnológicos (teléfonos, ordenadores, tablets, relojes inteligentes, etc.) utilizados para cometer el fraude». Nadie puede quedarse con tu portátil ni revisarlo.

Con plazos de 2 y 3 días hábiles, lo que puedas aportar tiene que estar preparado de antemano. Cómo organizarlo, en qué hacer si te acusan de usar IA.

Lo que la UFV no publica

La UFV publica más que la mayoría —código disciplinario, normativas de TFG y TFM, evaluación, matrícula, código de conducta y NOF, todos accesibles sin identificarse—, y aun así hay huecos que conviene nombrar:

  • Ningún producto antiplagio. Ninguno de los documentos examinados nombra herramienta alguna. La comprobación de originalidad existe como obligación («una cuidadosa revisión»), pero sin sistema declarado.
  • Nada sobre detección de IA. Ni herramienta, ni afirmación de exactitud, ni declaración de si un detector se usa o no como prueba. Su respuesta publicada a la IA es formación previa, declaración obligatoria y defensa oral.
  • Ninguna autocomprobación para estudiantes.
  • Qué ocurre con el archivo que entregas. No hay ninguna descripción de repositorio de comparación, periodo de conservación ni derecho de oposición. Como no se nombra herramienta, tampoco se dice si un TFG queda almacenado en la base de datos de ningún proveedor.
  • Ninguna cifra de expedientes. El portal de transparencia publica matrícula, movilidad, presupuesto, balance y rendimiento académico, pero no estadísticas disciplinarias.
  • Ninguna declaración de originalidad firmada como tal para el TFG: la única declaración obligatoria es la de uso de IA del Anexo II.
  • El Código de Conducta de la UFV no lleva fecha de aprobación impresa. Lo decimos porque afecta a saber qué versión te aplica.

Qué hacer antes de entregar

  • Haz el módulo de IA cuanto antes. Bloquea la autorización del tutor, así que es lo primero del calendario, no lo último.
  • Anota modelo y versión mientras trabajas. El Anexo I los exige fase por fase y no se reconstruyen después.
  • Pon la declaración en los dos sitios que pide la norma: en el cuerpo donde sea relevante y en un apartado al final.
  • No reutilices tu propio texto de otra asignatura. En la UFV eso está tipificado como plagio.
  • Pregunta por escrito en cada asignatura qué uso de IA está autorizado: la normativa remite a «las indicaciones de cada profesor».
  • Prepara la defensa como si el tribunal fuera la comprobación, porque en parte lo es: parte de la nota depende de la solidez que demuestres sobre tu propio tema.

Si quieres una lectura previa de tu propio texto, nuestro análisis de IA es gratuito hasta 1.500 palabras, sin cuenta y sin nombre. Nuestras tasas de error publicadas están medidas sobre corpus en inglés y alemán, no en español, y ningún detector —el nuestro incluido— produce una prueba. En la UFV, además, lo que se evalúa no es un porcentaje: es tu declaración y tu defensa.

Fuentes

Esta página es orientación, no asesoramiento jurídico. Lo vinculante es la normativa de tu centro y lo que te indique tu profesorado.

Preguntas frecuentes

¿Se puede usar ChatGPT en un trabajo de la UFV?

No está prohibido en abstracto, pero la frontera la fija cada profesor. La Normativa de Evaluación de Grado 25/26 sanciona con cero «el uso no autorizado de sistemas de Inteligencia Artificial (de conformidad con las indicaciones de cada profesor al respecto)». Y en el TFG, el Anexo I de la normativa obliga a declarar el uso indicando el modelo y la versión empleados en cada fase del trabajo.

¿Es obligatorio el módulo de IA para presentar el TFG en la UFV?

Sí. El artículo 4 de la Normativa de TFG 25/26, aprobada el 27 de mayo de 2025, dice que «será necesario que los alumnos completen satisfactoriamente un módulo formativo de buen uso de la IA con carácter previo a que el tutor autorice la presentación y defensa del TFG». Sin ese módulo, el tutor no autoriza la defensa.

¿Qué pasa con la matrícula pagada si me expulsan de la UFV?

La normativa lo dice expresamente: la expulsión temporal, de veinte días hábiles a tres años, «conllevará la pérdida de los derechos de matrícula satisfechos». Y si la expulsión supera un año académico, para volver hay que pasar de nuevo por el proceso de admisión. Es la cláusula económica más explícita de las universidades privadas españolas que hemos revisado.

¿Reutilizar un trabajo mío anterior es plagio en la UFV?

Sí. La Normativa de Convivencia lo dice sin rodeos: «También se considerará plagio reproducir total o parcialmente un trabajo propio cuando ya haya sido entregado previamente. No se podrán reutilizar textos ya escritos y entregados en otros trabajos (con independencia de que sea en la misma o en distinta asignatura)». También es plagio colaborar con otros y luego entregar el trabajo individualmente como propio.

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