Plagio e IA en la USC: el artículo 42 y por qué el TFG es falta muy grave
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La respuesta corta
En la USC el plagio no se regula en la normativa de evaluación sino en el reglamento de convivencia de 2023, y ahí el plagio o el fraude en el TFG, el TFM o la tesis es falta moi grave: de dos meses a tres años de expulsión. El mismo comportamiento en un trabajo de asignatura es falta grave, con una escala muy inferior.
La segunda cosa que conviene saber es lo que no hay: la USC no publica ninguna norma que nombre la inteligencia artificial, ni ninguna declaración institucional sobre detección de IA. Tu regla real vive en la guía docente y en lo que te diga tu tutor.
La normativa está en gallego
Antes de citar nada, un aviso práctico que casi ninguna guía da. La USC publica sus páginas institucionales en gallego, castellano e inglés, y su índice de normativa existe en los tres idiomas —el pie de página declara «Última actualización 26.03.2026»—, pero los documentos normativos propiamente dichos están publicados solo en gallego, depositados en el repositorio institucional Minerva.
Por eso todas las citas literales de esta página son del original gallego. No las hemos traducido dentro de las comillas: te las damos como están en el texto que te obliga, y explicamos después qué significan. Si te llega una notificación de expediente, el documento que tendrás delante estará en gallego.
Qué es fraude académico en la USC
La definición está en el Regulamento polo que se establecen as normas de convivencia da USC, aprobado por el Consello de Goberno el 30 de marzo de 2023 y publicado en el tablón el 3 de abril de 2023. Artículo 42:
«De conformidade co disposto no artigo 11. g) da Lei de convivencia universitaria enténdese como fraude académica calquera comportamento premeditado tendente a falsear os resultados dun exame ou traballo, propio ou alleo, realizado como requisito para superar unha materia ou acreditar o rendemento académico.»
Tres cosas que sacar de ahí. Primero: la definición es neutra respecto al medio. No nombra la IA, no nombra el copiar y pegar, no nombra nada concreto; describe una conducta. Segundo: exige que sea premeditado, palabra que en un expediente pesa a tu favor si de verdad no hubo intención de falsear nada. Tercero: cubre también el trabajo alleo, es decir, ayudar a otro a falsear el suyo.
Merece la pena la comparación con la Universidad de Alicante, que en 2026 reescribió su regla equivalente añadiendo «a través de cualquier medio» y nombrando expresamente la inteligencia artificial. La USC no ha hecho esa actualización. Su texto de 2023 sigue siendo el general.
Y aquí está el punto que más se malinterpreta: que la norma no nombre la IA no quiere decir que puedas generar el trabajo con ella. Quiere decir que, si se te imputa, se te imputará por fraude académico del artículo 42, con esa definición y no con otra.
El TFG: original, pero sin declaración
El Regulamento de matrícula, elaboración e defensa dos traballos fin de grao e fin de máster na USC fue aprobado por el Consello de Goberno el 10 de marzo de 2016 y modificado el 24 de julio de 2024. Es sorprendentemente escueto en esto: define el TFG y el TFM como «un proxecto, traballo, memoria ou estudo orixinal» y no dice nada más.
Ni en el texto de 2016 ni en la modificación de 2024 aparecen las palabras plaxio, fraude ni intelixencia. No hay declaración de originalidad obligatoria a nivel de universidad, no hay declaración de uso de IA, y no hay ninguna comprobación impuesta con una herramienta concreta.
Eso no significa que en tu facultad no exista. El propio reglamento devuelve mucho al centro: «Na elaboración da normativa propia, teranse en conta as peculiaridades que correspondan ás [titulacións]». Traducido a lo que te afecta: la norma que te obliga puede estar en la normativa propia de tu facultad, no en el texto central. Búscala ahí antes de dar por hecho que no existe.
Si tu titulación sí exige declarar el uso de IA, o si tu tutor te lo pide, hemos escrito una guía de la declaración de uso de IA con ejemplos de redacción.
Qué software usa la USC
Turnitin, pero con un matiz importante sobre cómo lo sabemos. La USC no publica una página institucional central que declare qué producto antiplagio tiene contratado, para qué se usa ni con qué alcance. El nombre aparece en el dominio usc.gal solo en páginas de anuncio de cursos de formación de Campus Terra: «Curso “Uso da ferramenta antiplaxio Turnitin”» y un curso sobre TIC en los procesos de evaluación y «control do plaxio na docencia».
Son páginas de eventos dirigidas al profesorado, no normativa. Por tanto: el nombre de la herramienta consta, pero una declaración institucional de qué se comprueba, cuándo y con qué consecuencias no consta públicamente. Y tampoco consta ningún servicio de autocomprobación para estudiantes: las páginas localizadas se dirigen a quien imparte docencia.
Conviene además no confundir dos cosas distintas. Turnitin, tal y como lo describen las universidades españolas que sí lo documentan, mide similitud con otros textos. Eso no es lo mismo que detectar escritura de IA. Lo desarrollamos en el porcentaje de plagio permitido.
Las sanciones, y el título
La USC es pública, así que aplica directamente la Ley 3/2022 de convivencia universitaria, en vigor desde el 26 de febrero de 2022. Un dato que sigue circulando mal por internet: esa ley derogó el Reglamento de Disciplina Académica de 1954. Cualquier página que te diga que un decreto de 1954 rige tu expediente está desactualizada. El reglamento de convivencia de 2023 es la implementación de la USC.
La escala, literal:
- Falta moi grave (art. 39 g): «Plaxiar total ou parcialmente una obra ou cometer outro tipo de fraude académica na elaboración do Traballo de Fin de Grao, do Traballo de Fin de Máster ou da Tese de Doutoramento».
- Falta grave (art. 40): «Apoderarse indebidamente do contido de probas, exames ou controis de coñecemento» y «Cometer fraude académica, cando non constitúa falta moi grave».
Y el artículo 43, que fija qué se impone:
«3. Son sancións aplicables pola comisión de faltas moi graves: a) Expulsión de dous meses ata tres anos da Universidade. Esta sanción deberá constar no expediente académico ata o seu total cumprimento. b) Perda de dereitos de matrícula parcial, durante un curso ou semestre académico. 4. Son sancións aplicables pola comisión de faltas graves: a) Expulsión de ata un mes da Universidade. Esta sanción non se poderá aplicar durante os períodos de avaliación final e de matrícula […] b) Perda do dereito á convocatoria no semestre académico no que se cometa a falta e respecto da materia na que se cometese. Esta convocatoria constará como consumida no expediente académico. […] 5. A amoestación privada é a sanción aplicable pola comisión de faltas leves.»
Dos detalles útiles. La expulsión de hasta un mes por falta grave no puede aplicarse durante los periodos de evaluación final ni de matrícula, lo que evita que la sanción se convierta de hecho en la pérdida de un curso. Y el artículo 44 permite sustituir la sanción por medidas educativas o reparadoras solo en las faltas graves, con un máximo de un semestre académico: si la falta es muy grave, esa puerta no existe.
Por último, el artículo 64, que es el que la gente no se espera. Si del expediente resulta que el título se obtuvo fraudulentamente, «o reitor acordará a incoación dun procedemento de revisión de oficio para declarar a súa nulidade de pleno dereito». Es decir: el título puede anularse después de expedido.
Cómo es el expediente
Lo primero, y es una garantía real: «En ningún caso poderá impoñerse unha sanción a un estudante da USC sen tramitar un procedemento disciplinario» (art. 51.1). Nadie puede sancionarte por la vía rápida.
El resto del recorrido, tal como está publicado:
- Lo inicia siempre el rector, de oficio (art. 53.1), y para cada expediente nombra una persona instructora; coordina la Asesoría Xurídica o la Inspección de Servizos (art. 51).
- Puedes ir acompañado por una persona de tu elección (art. 52).
- Al resolver, el rector puede apartarse de la propuesta de la persona instructora, pero solo «de forma motivada e aténdose aos feitos considerados probados durante a fase de instrución» (art. 58.3). Esa frase es tu ancla: la resolución no puede añadir hechos nuevos.
- La resolución agota la vía administrativa; caben recurso contencioso-administrativo o recurso potestativo de reposición (art. 59.2).
- El procedimiento caduca a los seis meses desde el acuerdo de incoación (art. 61).
- Las sanciones distintas de la amonestación privada constan en el expediente académico hasta su cumplimiento (art. 63).
Lo que el reglamento no dice es qué prueba basta. No hay un porcentaje de similitud que active nada, ni un estándar del tipo «más allá de toda duda razonable»: solo la fórmula de los «feitos considerados probados». Si te ves en esa situación, lo que puedes aportar es tu proceso; lo explicamos en qué hacer si te acusan de usar IA.
Lo que la USC no publica
Preferimos decirte qué no sabemos a rellenarlo con suposiciones. Sobre la USC no consta públicamente, en sus propias fuentes:
- Ninguna herramienta de detección de IA, ni ninguna declaración de ningún vicerrectorado, la Secretaría Xeral o la Asesoría Xurídica sobre detección de IA. Buscando «intelixencia artificial» en el propio sitio salen títulos —Grao en Intelixencia Artificial, máster— y un curso de formación docente, nada normativo.
- Ninguna página institucional central sobre antiplagio, más allá de los cursos de Campus Terra citados arriba.
- Ningún servicio de autocomprobación para estudiantes.
- Qué ocurre con el archivo que entregas: si pasa a un repositorio de comparación, cuánto se conserva o si puedes oponerte. La USC no publica nada de eso.
- Ninguna cifra de expedientes por plagio o fraude académico. Que no se publiquen no significa que no existan; significa que nadie puede decirte honestamente con qué frecuencia se llega a la expulsión.
Y una limitación nuestra que toca declarar: el texto consolidado de la Normativa de avaliación do rendemento académico de 2011 está depositado como PDF escaneado sin capa de texto, de modo que sus cláusulas sobre fraude no pudieron leerse mecánicamente. Eso es una limitación de lectura, no una ausencia: la norma existe. Pídela en tu secretaría si necesitas su literal.
Qué hacer antes de entregar
- Busca la normativa propia de tu facultad, no solo la central. El reglamento de TFG remite expresamente a ella, y ahí es donde pueden vivir la declaración de originalidad o las reglas de IA.
- Pregunta a tu tutor por escrito qué uso de IA admite en el trabajo. Una respuesta por correo vale más que cualquier interpretación de una norma que no menciona la IA.
- Guarda el historial de versiones del documento. Con un reglamento que solo habla de «feitos considerados probados», tu proceso de escritura es la única prueba que puedes construir, y solo existe si la conservas desde el principio.
- Recuerda que el artículo 42 exige premeditación. Si no la hubo, decirlo y demostrarlo con tu proceso es exactamente lo pertinente.
- No confundas similitud con IA. Son dos medidas distintas y un porcentaje alto suele ser bibliografía bien citada.
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Fuentes
- USC: Regulamento polo que se establecen as normas de convivencia da USC — Consello de Goberno de 30 de marzo de 2023, publicado el 3 de abril de 2023. Arts. 39, 40, 42, 43, 44, 51-53, 58, 59, 61, 63 y 64. Publicado en gallego.
- USC: Regulamento de matrícula, elaboración e defensa dos traballos fin de grao e fin de máster — Consello de Goberno de 10 de marzo de 2016, con modificación de 24 de julio de 2024.
- USC: índice de normativa institucional — «Última actualización 26.03.2026».
- USC: Curso «Uso da ferramenta antiplaxio Turnitin» — página de evento de Campus Terra; es donde la USC nombra la herramienta.
- BOE: Ley 3/2022, de convivencia universitaria — disposición derogatoria única (deroga el Decreto de 1954).
Esta página es orientación, no asesoramiento jurídico. Lo vinculante es la normativa de tu centro y lo que te indique tu profesorado.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si plagio el TFG en la USC?
El Regulamento de normas de convivencia de la USC, aprobado por el Consello de Goberno el 30 de marzo de 2023, clasifica como falta muy grave «plaxiar total ou parcialmente unha obra ou cometer outro tipo de fraude académica na elaboración do Traballo de Fin de Grao, do Traballo de Fin de Máster ou da Tese de Doutoramento». La sanción va de dos meses a tres años de expulsión, o la pérdida parcial de derechos de matrícula durante un curso o semestre.
¿Menciona la USC la inteligencia artificial en su normativa?
No. En la normativa académica vinculante de la USC que hemos podido examinar no aparecen las palabras «intelixencia artificial». El artículo 42 define el fraude académico de forma neutra respecto al medio: «calquera comportamento premeditado tendente a falsear os resultados dun exame ou traballo». Eso no significa que usar IA para hacer el trabajo esté permitido; significa que se juzgará con la regla general del fraude, no con una norma específica.
¿Puedo comprobar mi trabajo con Turnitin en la USC?
No consta públicamente ningún servicio de autocomprobación para estudiantes. Turnitin aparece nombrado en el propio dominio usc.gal solo en páginas de cursos de formación de Campus Terra dirigidos al profesorado. La USC no publica una página institucional que explique qué herramienta antiplagio utiliza ni cómo.
¿La normativa de la USC está publicada en castellano?
Los índices de normativa existen en gallego, castellano e inglés, pero los documentos normativos se publican en gallego. El reglamento de convivencia, el reglamento de TFG y la normativa de evaluación están depositados en gallego en el repositorio institucional Minerva. Si estudias en la USC y no lees gallego con soltura, cuenta con ese paso extra antes de entender qué te obliga.
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