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Turnitin en la UPV: el análisis de originalidad es obligatorio antes de defender

|11 min de lectura

Analiza tu texto — gratis

Las primeras 1.500 palabras son gratis, sin crear cuenta. Cada veredicto indica con qué frecuencia se equivoca con textos que sabemos que escribió una persona — una cifra que ningún otro detector publica.

Estamos construyendo un espacio de escritura: tu documento de Word o LaTeX, tus PDF al lado y un asistente que solo puede citar lo que hay realmente en ellos — verlo y avisarme.

La respuesta corta

En la Universitat Politècnica de València, pasar el TFG o el TFM por un análisis de originalidad no es opcional: es un requisito previo para poder iniciar los trámites de defensa, y así lo dice el art. 14.1 de su normativa con la palabra «necesariamente». La herramienta que la universidad identifica en sus páginas de servicio es Turnitin.

La buena noticia, y es una noticia real: el informe llega también a ti, y la propia normativa dice que ese informe no basta por sí solo para acusarte de nada. Eso es lo que hay que entender bien, porque te da margen para actuar antes de la defensa.

Antes de seguir: ¿UPV o UV?

En Valencia hay dos universidades públicas cuyas siglas se confunden a diario, y las normas de una no sirven para la otra:

  • UPV — Universitat Politècnica de València. Es la de esta página. Ingenierías, arquitectura, bellas artes; campus de Vera.
  • UV — Universitat de València (Estudi General). Es otra institución, con su propia normativa. Si es la tuya, la página que necesitas es la de la Universitat de València.

Comprueba cuál es la tuya antes de seguir leyendo. Todo lo que viene a continuación procede de documentos publicados en upv.es y vincula únicamente a estudiantes de la Politècnica.

El artículo 14: el análisis es obligatorio

Este es el pasaje que un estudiante de la UPV debería leer entero. Está en la Normativa de Trabajos de Fin de Grado y Trabajos de Fin de Máster, aprobada por el Consejo de Gobierno el 21 de julio de 2022 y modificada el 28 de julio de 2025, publicada en el BOUPV núm. 2025/0150 de 17 de septiembre de 2025. Artículo 14, «Integridad académica»:

«1. Cuando un estudiante realice la presentación de su TFG o TFM según el procedimiento previsto en el artículo 10, necesariamente deberá someter el trabajo a un análisis de originalidad a través de la herramienta informática elegida e integrada en la aplicación institucional de la UPV, previo al inicio de los trámites para concurrir a una convocatoria de defensa.

2. Los resultados del informe antiplagio estarán a disposición del tutor, de la ERT, del tribunal, del personal técnico responsable en materia de relaciones internacionales de cada ERT (en caso de trabajos desarrollados en estancias de movilidad) y del autor.

3. Los informes antiplagio emitidos por la herramienta institucional no pueden considerarse como indicio inequívoco de plagio, sino que requerirá de un análisis más detallado por parte del tribunal y, en su caso, del tutor.

4. El tutor, a la vista del documento con los resultados detallados del análisis antiplagio y del valor final de coincidencia con otras fuentes emitido por la herramienta institucional, podrá incluir en su informe de valoración, las consideraciones oportunas relativas a la similitud con otras fuentes.

5. Si el tribunal considera que el porcentaje de similitud con otras fuentes es relevante, podrá calificar el trabajo como no apto y requerir las acciones correctoras previstas en el apartado 11 del artículo 13. Todo ello sin perjuicio de que el tribunal, cuando se detecten indicios de plagio, inicie las acciones que proceda de acuerdo a la normativa vigente.»

Qué significa esto en la práctica, apartado por apartado.

El 14.1 es una condición de acceso, no un trámite posterior. El análisis va «previo al inicio de los trámites para concurrir a una convocatoria de defensa». Si no lo pasas, no empiezas el proceso. No hay excepción publicada, y por tanto tampoco hay forma de excluirse del análisis.

El 14.2 te incluye a ti entre quienes ven el informe. Esto es menos común de lo que parece: en muchas universidades el informe lo lee solo el profesorado. Aquí figuras expresamente como destinatario. Léelo. Es tu mejor oportunidad de detectar una cita mal formateada antes de que la vea un tribunal.

El 14.3 es tu escudo. Que la propia normativa diga que el informe «no puede considerarse como indicio inequívoco de plagio» es una frase que puedes citar textualmente si alguna vez alguien te presenta un porcentaje como si fuera una conclusión. La norma exige «un análisis más detallado» por parte del tribunal y del tutor.

El 14.5 es donde está el riesgo real. El tribunal puede calificar el trabajo como «no apto» si considera que la similitud es «relevante», y puede además iniciar «las acciones que proceda» cuando detecte indicios de plagio. Es decir: dos vías, la académica y la disciplinaria, y la segunda es discrecional.

Un apunte sobre fechas, para que no te confunda: existe una modificación de esta normativa aprobada por el Consejo de Gobierno el 30 de junio de 2026. No añade nada sobre IA ni sobre plagio: su contenido íntegro es un cambio del art. 7.5 sobre la fecha máxima de anulación de matrícula del TFG o del TFM. Lo decimos porque es el documento más reciente y su fecha invita a suponer otra cosa.

La herramienta es Turnitin, pero no en la norma

La normativa evita a propósito nombrar un producto: habla de «la herramienta informática elegida e integrada en la aplicación institucional de la UPV». El nombre aparece en las páginas de servicio, y conviene citarlas con su fecha porque los contratos con proveedores cambian y la norma no cambia con ellos.

La Biblioteca de la UPV, en su guía de recursos para el TFG/M —«Última actualización» de 3 de septiembre de 2026—, lo dice sin rodeos:

«La herramienta que utiliza la UPV para la detección del plagio es Turnitin»

Y la wiki del ASIC —el Àrea de Sistemes d’Informació i Comunicacions—, en su página «Servicio Turnitin», actualizada por última vez el 13 de junio de 2025, describe qué hace:

«Cuando un documento se somete a Turnitin, la herramienta compara su contenido con una base de datos extensa que incluye recursos académicos, trabajos previos y contenido en línea. Luego, genera un informe de originalidad que destaca las áreas del documento que podrían coincidir con otras fuentes y proporciona un porcentaje de similitud.»

Esa página está etiquetada como DOCENTE y su lista de preguntas frecuentes es de profesorado: cómo crear clases, cómo crear una tarea, cómo activar Turnitin en una tarea con envíos ya hechos. Solo un elemento mira al estudiante: «Cómo obtiene el alumno el Informe de Originalidad». Ese contenido no era accesible cuando lo intentamos —la dirección devolvía error—, así que existe pero no lo hemos podido leer: si necesitas el procedimiento exacto, el Centro de Atención al Usuario del ASIC es el sitio donde preguntarlo.

Sobre qué ocurre con tu archivo después, hay que ser honestos con lo que no está publicado. La descripción del ASIC menciona «trabajos previos» dentro de la base de comparación, pero eso describe cómo funciona Turnitin en general. La UPV no publica si los trabajos de la UPV se incorporan a esa base de comparación, ni durante cuánto tiempo se conservan, ni ninguna vía para pedir su exclusión. Del análisis en sí no hay salida posible: la normativa lo hace obligatorio sin excepciones.

El depósito institucional es otro asunto y sí tiene reglas: el art. 15 permite pedir a la Comisión Académica de Título que se restrinja la publicidad del trabajo cuando haya acuerdos de confidencialidad o posibles patentes, pero solo «cuando quede acreditado que la confidencialidad es absolutamente indispensable para el éxito del proceso de protección o transferencia».

No hay porcentaje aceptable publicado

Es la pregunta que todo el mundo hace, y la UPV es de las universidades que la responden mejor: no publica ninguna cifra, y su normativa se niega expresamente a que la cifra sea decisiva. El art. 14.3 dice que el informe no es indicio inequívoco. El art. 14.5 deja «relevante» al criterio del tribunal, sin número.

La biblioteca refuerza lo mismo desde otro ángulo: entre los recursos que recomienda sobre plagio incluye un texto externo cuyo título lo dice todo, «¿Existe un porcentaje de plagio aceptable en trabajos académicos? Spoiler: no».

Si alguien te da un número para la UPV, no viene de la normativa. Nosotros explicamos por qué esa cifra es una mala brújula en el porcentaje de plagio permitido en el TFG.

Sobre IA, la UPV no publica ninguna detección

Aquí hay que separar dos preguntas que se mezclan mucho: qué puede hacer la universidad y qué puedes hacer tú.

Sobre lo primero: no hemos localizado ninguna página de la UPV que nombre un detector de IA ni que publique posición alguna sobre la detección de texto generado. La página del servicio Turnitin habla solo de similitud y originalidad; la página de la biblioteca sobre plagio describe la detección únicamente como comparación con internet y repositorios; y la página de la biblioteca dedicada a la IA generativa en el TFG/TFM —donde más se esperaría— no menciona ninguna herramienta de detección: va de competencias, uso crítico y ética.

Tampoco la Guía de uso de servicios de inteligencia artificial del Vicerrectorado de Transformación Digital. Su regla operativa es de protección de datos:

«Datos personales y sensibles NO se deben introducir en inteligencias artificiales que no sean Copilot o PoliGPT.»

Esa página no lleva fecha, y lo decimos porque importa: no podemos decirte cuándo se escribió ni cuándo se revisó por última vez.

Sobre lo segundo —qué puedes hacer tú—, la situación es que la UPV no tiene norma de IA. La palabra «inteligencia artificial» no aparece en su normativa de convivencia (BOUPV 022/2023), y la palabra «artificial» no aparece en la normativa de TFG y TFM. Lo único que existe es una recomendación de la biblioteca cuyo propio encabezado publicado dice:

«Uso de la IA: recomendaciones de la UPV para los estudiantes (borrador)»

La palabra (borrador) está en el título tal y como se publica, y por eso no lo llamamos una regla. Su primer punto es el que te afecta:

«Transparencia y honestidad: consulta en cada asignatura el uso permitido de la IA. Si la usas, debes informar de cómo la has utilizado en los trabajos o tareas que presentes»

Es decir: la decisión está devuelta a cada asignatura, y el deber es informar de cómo la has usado. No hay formulario, ni plantilla, ni redacción prescrita, ni ubicación indicada, ni en el TFG ni en ninguna otra entrega. Si tienes que escribir esa declaración desde cero, nuestra guía de la declaración de uso de IA te sirve de punto de partida.

¿Y si aparece un texto tuyo generado con IA? Al no haber regla propia, entraría —si entra— por la vía general del art. 9.e de la normativa de convivencia, que considera contrario a la honestidad académica «la utilización como propios, en cualquier ejercicio académico, de contenidos, palabras o ideas que no sean de producción propia». Conviene marcar el límite de lo que estamos diciendo: eso es una lectura del alcance del artículo, no una interpretación publicada por la UPV. La universidad no ha publicado ninguna sobre este punto.

El cero, las faltas y las sanciones

La UPV tiene su propia normativa posterior a la Ley 3/2022 —Normativa de convivencia universitaria y de régimen disciplinario, aprobada por el Consejo de Gobierno el 2 de febrero de 2023, BOUPV núm. 022/2023 de 14 de febrero— y explica en su preámbulo exactamente por qué existe:

«Como consecuencia de ello, y para superar la normativa preconstitucional que aún se encontraba vigente - Decreto de 8 de septiembre de 1954 por el que se aprueba el Reglamento de disciplina académica […] -, la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria entró en vigor el 25 de febrero de 2022 […] y en ella se concedía el plazo de 1 año a las universidades españolas para la adaptación de la normativa propia.»

Conviene repetirlo porque muchas páginas siguen equivocándose: el Reglamento de Disciplina Académica de 1954 está derogado, y la UPV cumplió el plazo con normativa propia.

El cero. Art. 33.1, y fíjate en a quién alcanza:

«La inobservancia de alguna de las conductas descritas en el artículo 9 de esta normativa conllevará el resultado de suspenso, cero, en la actividad de evaluación de todas las personas implicadas, sin perjuicio de que, en su caso, se pueda iniciar expediente disciplinario y/o se requiera responsabilidad civil y/o penal por ello. La persona interesada podrá formular alegaciones contra la medida adoptada conforme al procedimiento previsto para revisión y reclamación de calificaciones en la normativa aplicable.»

«Todas las personas implicadas» incluye a quien facilitó el trabajo, no solo a quien lo entregó. Prestar tu TFG a un compañero te expone al mismo cero.

Las faltas. Plagiar total o parcialmente una obra, o cometer fraude académico en el TFG, el TFM o la tesis doctoral, es falta muy grave (art. 20.g). El fraude académico en general es falta grave (art. 21.d, que remite correctamente al art. 9.f). Ninguna infracción de integridad es falta leve.

Las sanciones (art. 23): para las muy graves, «expulsión de dos meses hasta tres años», que «deberá constar en el expediente académico hasta su total cumplimiento», o pérdida parcial de derechos de matrícula durante un curso o semestre. Para las graves, expulsión de hasta un mes —nunca durante los períodos de evaluación final y matriculación— o pérdida de la convocatoria ordinaria en esa asignatura. Para las leves, amonestación privada.

Y una regla que no hemos visto en ninguna otra universidad española, el art. 23.4:

«En relación con las infracciones muy graves, las sanciones en materia de plagio o fraude académico serán proporcionales al nivel académico que se corresponde con los trabajos de Fin de Grado, Fin de Máster y Tesis doctoral, siendo más graves cuanto mayor sea el nivel académico que se obtiene con su presentación y superación

En claro: la misma conducta se sanciona más duramente en un TFM que en un TFG, y más aún en una tesis. La UPV lo dice por escrito.

La sustitución de la sanción por medidas educativas o recuperadoras (art. 24) está prevista para faltas graves. El plagio en un TFG o TFM es muy grave, y ahí no llega.

Sobre cuántos casos hay: la Comisión de Convivencia lleva un Registro de Convivencia (art. 35) donde se anotan las comunicaciones de los conflictos que conoce, con los nombres, la fecha, el supuesto de hecho y la resolución. Pero no se publica ninguna estadística de él, y su consulta está sujeta al deber de sigilo. Nadie puede decirte cuántos expedientes de plagio hay al año en la UPV.

La regla de prueba que sí puedes invocar

La UPV es de las pocas universidades que publica una regla probatoria expresa, y merece la pena conocerla con precisión. Art. 33.4:

«Las actas levantadas por las personas docentes ostentarán una presunción de veracidad en cuanto a las manifestaciones que se realicen respecto de las situaciones que perturben la convivencia universitaria en las que estén implicados miembros del estudiantado y se refieran a actos de evaluación. […] Esta presunción no supondrá la inversión de la carga de la prueba del procedimiento disciplinario.»

La última frase es la que importa. El acta de un profesor se presume veraz en cuanto a lo que observó, pero la carga de la prueba no pasa a ti. No te corresponde demostrar tu inocencia. Además, la normativa recoge entre sus principios rectores «la presunción de inocencia de quienes sean señalados como causantes del conflicto».

Un límite honesto: este artículo está redactado en torno a «actos de evaluación» —exámenes vigilados—, y la normativa no dice cómo se aplica a un TFG escrito y entregado. No lo estires más de lo que da.

Y dos cosas del procedimiento que conviene tener a mano:

  • Te deben ofrecer la vía alternativa antes del pliego de cargos. Art. 26.5: el instructor «deberá, con carácter previo a la notificación del pliego de cargos, comunicar a las partes del procedimiento la posibilidad que tienen de acudir al procedimiento alternativo de resolución de conflictos». También existe la Defensoría Universitaria.
  • Seis meses de plazo máximo para resolver el procedimiento disciplinario (art. 26.6). La denuncia se dirige a la Dirección o Decanato de la Estructura Responsable del Título, que la traslada a Secretaría General.

Hay una tensión en el texto que preferimos señalar antes que disimular. El art. 33.1 te remite al procedimiento de revisión y reclamación de calificaciones para impugnar el cero; pero el art. 33.2 dice que cuando las Comisiones de Reclamaciones reciban una reclamación «con motivo de honestidad académica, se abstendrán de resolverla» y la tramitarán por la vía disciplinaria del art. 26. En la práctica, esto significa que presentar la reclamación de nota puede no darte una respuesta sobre el fondo. Pregunta en tu ERT por qué vía va tu caso, y pregúntalo por escrito.

Si ya te han abierto la conversación, hemos escrito una guía sobre qué hacer cuando te acusan de usar IA en el TFG.

Qué hacer antes de entregar

  • Cuenta el análisis de originalidad como un paso del calendario, no como un trámite final. Va antes de iniciar los trámites de defensa: si lo dejas para el último día, el que se queda fuera de convocatoria eres tú.
  • Pide y lee tu informe. El art. 14.2 te nombra destinatario. Un porcentaje alto suele ser bibliografía, citas largas o metodología estándar bien citada, y eso se arregla en una tarde si lo ves a tiempo.
  • Ten localizado el art. 14.3. Si alguien te presenta un número como conclusión, la respuesta está en la propia normativa: el informe «no puede considerarse como indicio inequívoco de plagio».
  • Pregunta en tu asignatura qué uso de IA se permite, y guarda la respuesta. La UPV no tiene norma general; la decisión es de cada asignatura y la recomendación de la biblioteca lo dice expresamente.
  • No prestes tu trabajo. El cero del art. 33.1 alcanza a «todas las personas implicadas».
  • Guarda el historial de versiones de tu documento. Es la única prueba de proceso que existe, y solo existe si la conservas.

Si quieres una lectura previa de tu propio texto antes del análisis institucional, nuestro análisis de IA es gratuito hasta 1.500 palabras, sin cuenta y sin nombre. Dos advertencias que nos obligamos a repetir: nuestras tasas de error publicadas están medidas sobre corpus en inglés y alemán, no en español, y ningún detector —el nuestro incluido— produce una prueba. La UPV lo dice de la suya en el art. 14.3, y vale igual para la nuestra.

Fuentes

Esta página es orientación, no asesoramiento jurídico. Lo vinculante es la normativa de tu centro y lo que te indique tu profesorado.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio pasar el TFG por Turnitin en la UPV?

Sí. El art. 14.1 de la Normativa de TFG y TFM dice que el estudiante «necesariamente deberá someter el trabajo a un análisis de originalidad a través de la herramienta informática elegida e integrada en la aplicación institucional de la UPV», y que ese análisis es previo al inicio de los trámites para concurrir a una convocatoria de defensa. La norma no nombra producto; la biblioteca y el ASIC identifican la herramienta como Turnitin.

¿Puedo ver yo el informe de originalidad de mi TFG en la UPV?

Sí. El art. 14.2 pone al autor en la lista de destinatarios: los resultados del informe antiplagio están a disposición del tutor, de la ERT, del tribunal, del personal técnico de relaciones internacionales de cada ERT y del autor. Lo que no hemos podido documentar es una vía de autocomprobación libre e ilimitada antes de esa entrega: la wiki del ASIC lista un FAQ titulado «Cómo obtiene el alumno el Informe de Originalidad», pero su contenido no era accesible.

¿Qué porcentaje de similitud se acepta en un TFG de la UPV?

Ninguno publicado, y la normativa se niega expresamente a que el número decida. El art. 14.3 dice que los informes antiplagio «no pueden considerarse como indicio inequívoco de plagio, sino que requerirá de un análisis más detallado por parte del tribunal y, en su caso, del tutor». El art. 14.5 deja en manos del tribunal apreciar si la similitud es «relevante», sin asociar ninguna cifra.

¿La UPV usa un detector de inteligencia artificial?

No consta públicamente. No hemos encontrado ninguna página de la UPV que nombre un detector de IA ni que publique una posición sobre la detección de textos generados. La página del servicio Turnitin describe únicamente similitud y originalidad, y la guía de IA del Vicerrectorado de Transformación Digital trata de protección de datos, no de detección. La palabra «artificial» no aparece en la normativa de TFG/TFM.

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Las primeras 1.500 palabras son gratis, sin crear cuenta. Cada veredicto indica con qué frecuencia se equivoca con textos que sabemos que escribió una persona — una cifra que ningún otro detector publica.

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